Iniciativa 2. Articular un sistema de cuidados de país sin disparidad de apoyos y derechos, garantizando la igualdad y la equidad en los apoyos, a través del despliegue del conjunto de funciones que el artículo 40 de la ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales atribuye al Gobierno Vasco, en su competencia de coordinación, y de la distribución adecuada de recursos a nivel territorial y competencial.